La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) equivale –en promedio– a 1 remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador a razón del 50% hasta el 15 de mayo y el 50% restante hasta el 15 de noviembre de cada año. El Tribunal de Fiscalización Laboral publicó recientemente una resolución que establece que, en caso exista una deuda por parte del trabajador hacia al empleador como consecuencia de las licencias con goce de haber compensables otorgadas con ocasión del Estado de Emergencia, el empleador…
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