Modificarán convenio que terminaría concediendo el servicio de saneamiento

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo acordó, por unanimidad, diferir para una próxima sesión evaluar, debatir y decidir sobre la modificación convenio N° 1363-2016-VIVIENDA, de delegación de funciones y competencias de la MPT a favor del ministerio, mediante adenda, para evitar la concesión del servicio de saneamiento.

Esto se acordó para cumplir con el procedimiento administrativo y no incurrir en errores, considerando que este expediente está aún en la Gerencia Municipal y pasará a Asesoría Jurídica para que emita el informe legal que permitirá que el Concejo se pronuncie y, de ser el caso, autorice al alcalde Mario Reyna a suscribir la adenda.

Como se recuerda, Reyna presentó el proyecto de ordenanza, luego aprobado, declarando de necesidad pública e interés provincial el acceso a los servicios de agua potable y saneamiento en el ámbito de influencia de Sedalib S.A., con la finalidad de evitar su concesión, lo que debería ser replicado en el Congreso de la República.

La comisión especial de regidores de Recursos Hídricos de la Cuenca de Trujillo, que preside Luis Gonzales Rosell, busca anular el convenio o hacer una adenda que impida que el servicio de agua y desagüe se concesione y perjudique a la población.

“Este convenio del año 2016 tiene muchas fallas y es anulable, pero se necesita seguir todo el procedimiento administrativo al interior de la municipalidad”, expresó el presidente de la comisión.

Andrés Sánchez señaló que este es un convenio lesivo para los intereses de la ciudad. Cómo Concejo no hemos aprobado la expropiación de los terrenos de la empresa Manuelita para la planta de tratamiento de aguas residuales en Covicorti, pero parece que el Ministerio de Vivienda, a través de Proinversión, sigue adelante en su proceso de concesión, por eso hago un llamado a poner más énfasis en este tema, señaló.

El ministerio quiere entregar la concesión por 25 años a una empresa privada española y al final el que pagará por este servicio será la población. Hay que anular el convenio. El concejo tiene que adoptar una decisión política clara y argumentar legalmente la anulación por ser entreguista y perjudicar a la población, enfatizó.

Juan Namoc pidió que la Gerencia de Asesoría Jurídica se asesore bien y haga todas las consultas técnicas con expertos en el tema para emitir su informe legal. Detrás hay capitales poderosos que no van a permitir que se anule o modifique el convenio, dijo.

Respecto a la instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR, el alcalde Mario Reyna ya se había pronunciado señalando que es necesario que el Estado asuma la inversión y no se perjudique a la población con tarifas más altas para la población al entregarse en concesión. No nos oponemos a la inversión pública, pero que el convenio sea de carácter público y que el Estado se ‘moje’ y no pase los servicios de saneamiento a manos de un privado”, manifestó.

El Convenio N°1363-2016-Vivienda, de Delegación de funciones y competencias de la MPT a favor del MVCS, del 29 de septiembre del año 2016, señala en su cláusula tercera que la municipalidad conviene en delegar funciones y competencias en materia de concesiones en temas de saneamiento en el Ministerio para que éste otorgue en concesión al sector privado el proyecto de inversión denominado “Sistema de plantas de tratamiento de aguas residuales de la provincia de Trujillo”.

Para tal efecto, otorga facultades en el ministerio para que, en su nombre y representación, ejerza todas las potestades, derechos, y obligaciones que le corresponda de acuerdo a la normativa vigente, incluyendo, sin ser limitativo, las siguientes facultades: ejercer el rol de concedente, en representación de la municipalidad; realizar el diseño, convocatoria, promoción otorgamiento y ejecución de la concesión del proyecto de inversión a través de su comité de inversiones o encargando la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada a la Agencia de Promoción de la Inversión privada – PROINVERSIÓN, según corresponda.

También, realizar la suscripción del contrato y modificatorias que resulten del mencionado proceso, así como su renegociación; y ejecutar los actos de administración, adquisición y disposición de los bienes vinculados para la ejecución del proyecto a cargo de la municipalidad según la normativa vigente.

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