El artículo 60 de la Carta Magna de 1993 señala que el Estado solo podrá realizar actividad empresarial de forma subsidiaria y si es autorizado por una ley que exprese su necesidad pública. Asimismo, el artículo 84 prohíbe que el BCR realice operaciones de financiamiento al sector público, de tal manera que se eviten episodios inflacionarios como los vividos en el Perú en los 80. “La incorporación de estos artículos ha permitido que durante los últimos años el Perú exhiba mejores resultados macroeconómicos en comparación con otros países de la…
Leer más