Ley de traición a la patria  implicaría confiscación de bienes y prisión para corruptos

Por: Amaro Rodríguez S.
Es alentadora la iniciativa de legisladores al anunciar la presentación de  proyectos de Ley, que tipifique los actos de corrupción que conllevan a la apropiación ilícita de los recursos del Estado, patrimonio de todo el pueblo peruano, mediante la corrupción  en tiempo de paz para someterlos a sus propios intereses poniendo en riesgo la salud y vida de los peruanos, generando desnutrición crónica infantil por una deficiente alimentación.
En nuestra legislación nacional están tipificados en el artículo 325 del Código Penal, los casos del delito por traición a la patria, que no significa condenar a la pena de muerte por estar suspendida en el Perú desde el año 1979, pero este proyecto de Ley sería exclusivo para sancionar a los corruptos y debe contemplar con claridad meridiana la confiscación de bienes y  la prisión en penales del Perú.
También lo tipifica la traición a la patria el Artículo 78 del Código de Justicia Militar, como también lo tipifica el Decreto Legislativo  N° 25658 y el N° 25708, asimismo la vigente  Ley N° 26508 presentado por  Jaime Yoshiyama como Presidente del Congreso Constituyente y aprobada por el nefasto Presidente Alberto Fujimori, que tipifica al terrorismo, como acto de traición a la patria,  aunque ahora soportamos  actos de terrorismo económico por corruptos.
Con esta Ley estamos seguros que serán centenares los nuevos inquilinos de  los “hoteles” del INPE, conformados por autoridades y funcionarios de todos los niveles, que se mantienen trabajando en los gobiernos nacional en los regionales y municipal y en esos lugares públicos, se coluden en grupo, con organizaciones, o los mismos gobiernos  a fin de someter a la nación a sus propios intereses.

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