MTPE invoca a trabajadoras denunciar casos de hostigamiento sexual laboral

  • Al conmemorarse el Día Internacional de eliminación de la violencia contra la mujer, se reitera que los empleadores tienen 6 días para informar estos casos al MTPE.

En el Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, que se conmemora el 25 de noviembre de cada año, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) invocó a la población femenina denunciar los casos de hostigamiento sexual en el trabajo, pues es necesario erradicar esta lacra que afecta el libre desarrollo laboral.

“Desde el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo invocamos a la ciudadanía a rechazar todas las formas de violencia contra la mujer. Es nuestra obligación erradicar este tipo de actos y promover una vida de respeto hacia ellas”, afirmó el titular del sector, Alejandro Salas Zegarra.

Con ese objetivo, el MTPE ha creado la plataforma virtual de Registro de Casos de Hostigamiento Sexual Laboral, en la cual, desde el 16 de septiembre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2022, se ha registrado un total de 2,050 denuncias.

A este registro se accede a través del siguiente enlace:

https://www.gob.pe/institucion/mtpe/campa%C3%B1as/539-plataforma-de-registro-de-casos-de-hostigamiento-sexual-laboral

Comité de intervención

El MTPE informó que en los centros de trabajo con veinte (20) o más trabajadores/as, debe constituirse un Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual, el cual investiga y emite recomendaciones de sanción y otras medidas adicionales para evitar nuevos casos. También, garantizar la participación de los trabajadores en el procedimiento de investigación y sanción. En los centros de trabajo con menos de veinte trabajadores, estos deben elegir un delegado.

Se debe precisar que es obligatorio que los empleadores comuniquen al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que han recibido una queja o denuncia, o iniciado de oficio una investigación por hostigamiento sexual e informar acerca de las medidas de protección otorgadas a la presunta víctima, en un plazo no mayor a seis (6) días hábiles de recibida.

Asimismo, comunicar la decisión adoptada con relación al caso de hostigamiento sexual laboral, dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a su emisión. Dicha decisión contiene, de ser el caso, la sanción a aplicar, así como otras medidas para evitar nuevos casos.

El MTPE y las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo brindan el servicio “Trabaja sin Acoso”, que es la asistencia relativa a la atención, orientación, soporte psicológico y legal a las trabajadoras o trabajadores que puedan ser o sean víctimas de hostigamiento o acoso sexual laboral, en su centro de trabajo.

Definiciones

El hostigamiento sexual laboral es una forma de violencia de género, que se produce en el entorno de trabajo, a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista, que se realiza sin el consentimiento de la persona a la que se dirige y atenta contra su dignidad e integridad. Genera un ambiente intimidatorio, ofensivo, hostil o humillante que acarrea consecuencias en los ámbitos laboral, social y familiar de la víctima.

Quienes desean denunciar actos de hostigamiento pueden llamar a la línea 1819; por WhatsApp al 9719027467 / 984835168; también solicitar una cita en la plataforma de servicios virtuales del MTPE extranet.trabajo.gob.pe; o al servicio de atención de casos sobre hostigamiento sexual laboral “trabaja sin acoso” en horarios de oficina.

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